La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que controla RTVE, ha concedido a la televisión pública una comfort letter o carta de patrocinio para evitar que la Corporación Pública entre en causa de disolución por el agujero del IVA, según ha podido saber EL MUNDO en exclusiva de fuentes conocedoras del proceso.. Seguir leyendo
La comfort letter o carta de patrocinio, también llamada carta de comfort es un documento muy utilizado en el ámbito de financiación para empresas y más concretamente, cuando existe una relación mercantil matriz-filial
La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que controla RTVE, ha concedido a la televisión pública una comfort letter o carta de patrocinio para evitar que la Corporación Pública entre en causa de disolución por el agujero del IVA, según ha podido saber EL MUNDO en exclusiva de fuentes conocedoras del proceso.. Una comfort letter, o carta de patrocinio en español, es un documento utilizado en transacciones comerciales, especialmente en operaciones de financiación entre una empresa matriz y una filial, donde la matriz ofrece cierto grado de apoyo financiero o garantía a la filial. Es decir, en este caso la matriz es la SEPI y la filial es RTVE. Lo que hace la SEPI con la carta de patricionio es dar apoyo financiero a RTVE para que el impacto que la televisión pública puede sufrir en sus cuentas en caso de una decisión desfavorable sobre el IVA no provoque la disolución de la empresa.. A menudo, una comfort letter expresa la intención de la matriz de apoyar financieramente a la filial en caso de necesidad, pero no garantiza un pago específico. Aunque la dirección de RTVE ha negado la existencia del conocido como ‘el agujero del IVA’, esta carta de patrocinio confirma que sí que existe el peligro de que con una sentencia desfavorable, RTVE tenga que hacer frente al pago del IVA que, según los auditores, es más de 1.000 millones de euros, lo que provocaría entrar en causa de disolución.. El conflicto entre el fisco y RTVE viene de lejos, tiene varias partes y la contabilidad de la radiotelevisión pública es extremadamente optimista en todas ellas, algo que ha hecho levantar la ceja a más de un experto en materia contable.. Desde la etapa de Jose Antonio Sánchez al frente de la sociedad, la televisión ha contabilizado estos conflictos con Hacienda como una deuda que la Administración tiene con ella. El conflicto data de 2017 cuando Hacienda inició una inspección contra la Corporación (y otras televisiones públicas) al considerar que tenían que pagar IVA por las subvenciones que recibían. Este es el punto donde RTVE tiene más que ganar, ya que existe una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo de un caso en Bulgaria que respalda la exención de IVA, un criterio que el Supremo aplicó en 2024 en el caso de la Televisión de Castilla-La Mancha. El problema para TVE es que otra parte relevante de la disputa es cómo la empresa pública se deduce el IVA que sí que le cobran sus proveedores o de sus servicios comerciales.. Es decir, en las cuentas de RTVE se da por hecho que saldrá vencedora en cada pugna con la Agencia Tributaria y percibirá más de 500 millones de euros. Esta asunción además permite a la empresa fortalecer su balance con una cantidad que no está asegurada y sin la cuál la compañía vería tan reducido su patrimonio que entraría en causa de disolución, lo que obligaría a un rescate. De ahí la comfort letter que le ha concedido la SEPI. En concreto, en el informe de cuentas de EY se detalla la posibilidad de un «quebranto económico» de 821,77 millones de euros a lo que se suman 201,05 millones de euros de impacto en la tesorería del grupo de la «contingencia fiscal», frente a los 907 millones que se estimaban en el ejercicio de 2023.. RTVE mantiene varias disputas fiscales con Hacienda, que, paradójicamente, a través de la SEPI es su accionista única. La primera es la que parece que tendrá un resultado más favorable para el ente público. La Agencia Tributaria emitió un acta de inspección de 2018 en la que se consideraba que la corporación debía repercutir IVA por la compensación por servicio público, mientras que la radiotelevisión estatal aseguraba que no, un criterio que ha sido respaldado en otros casos en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.. La segunda disputa, según informó EL MUNDO, es la de mayor impacto e incertidumbre y se refleja en cómo la empresa pública se deduce el IVA que sí que le cobran sus proveedores o de sus servicios comerciales. Ahí existen tres procedimientos de inspección cerrados: enero de 2015 a octubre de 2017, noviembre de 2017 a diciembre de 2021; enero a diciembre de 2022. Además, el periodo de enero de 2023 a abril de 2024 se encontraba en inspección al cierre de las cuentas y la compañía terminó firmando un acta de disconformidad en febrero de 2025 y recibiendo un acuerdo de liquidación en marzo de este año. Asimismo, el 20 de marzo, la Delegación Central de Grandes Contribuyentes notificó la apertura de otras actuaciones de comprobación sobre el IVA entre mayo de 2024 y febrero de 2025.. En el único caso en que se conoce el fallo de un tribunal, el TEAC estimó parcialmente el recurso de RTVE que, de todos modos, recurrió la sentencia a una instancia superior. De recibir una sentencia adversa, la compañía carecería de recursos para afrontar el impacto de Hacienda, ya que, además, la compañía cuenta en su balance estas posibles devoluciones como un activo a cobrar que superaría los 600 millones, en un tratamiento contable criticado por el PP.
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