La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Ente Público Radiotelevisión Española (RTVE) a indemnizar con 500.000 euros a la familia de un trabajador que falleció como consecuencia de una enfermedad profesional después de haber estado expuesto durante cerca de tres décadas al amianto presente en los estudios de Prado del Rey.
El empleado trabajó durante cerca de 30 años en las instalaciones de la televisión pública y murió en 2022 de un cáncer de pulmón reconocido como enfermedad profesional; su viuda recibirá 200.000 euros y cada uno de sus tres hijos, 100.000
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Ente Público Radiotelevisión Española (RTVE) a indemnizar con 500.000 euros a la familia de un trabajador que falleció como consecuencia de una enfermedad profesional después de haber estado expuesto durante cerca de tres décadas al amianto presente en los estudios de Prado del Rey.. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera probado que el empleado prestó servicios técnicos y de mantenimiento para RTVE durante aproximadamente 30 años, entre 1977 y 2007, en las instalaciones que la televisión pública tiene en Pozuelo de Alarcón (Madrid).. Durante ese periodo estuvo expuesto al amianto empleado en la construcción de buena parte de los edificios del complejo de Prado del Rey, levantados durante los años 70 y 80. El material, utilizado entonces como aislamiento acústico, permaneció durante décadas en unas instalaciones por las que han pasado miles de trabajadores y algunos de los programas más emblemáticos de la historia de TVE.. En concreto, la resolución señala los estudios 10 y 11, en los que el trabajador desarrolló su actividad y cuyo proceso de desamiantado no terminó hasta junio de 2008, un año después de que éste dejara de prestar servicio en RTVE.. El hombre falleció en 2022, a los 69 años, como consecuencia de un adenocarcinoma de pulmón. Previamente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) había reconocido su enfermedad como profesional y derivada de la exposición al amianto durante su actividad laboral.. Ahora, el TSJM responsabiliza al Ente Público RTVE de las consecuencias de aquella exposición y fija en medio millón de euros la indemnización que deberá recibir la familia del fallecido: 200.000 euros para su viuda y 100.000 euros para cada uno de sus tres hijos.. Uno de los elementos fundamentales de la resolución es la responsabilidad que corresponde a la empresa en materia de prevención. El tribunal recuerda que, cuando se trata de procedimientos relacionados con enfermedades profesionales, corresponde al empleador acreditar que adoptó las medidas necesarias para prevenir o evitar el riesgo al que estaban sometidos sus trabajadores.. Y es precisamente ahí donde la Sala sitúa una de las claves de su decisión. Según la sentencia, RTVE no consiguió acreditar el cumplimiento de la normativa preventiva que debía haber protegido al empleado frente al riesgo derivado de la presencia de amianto.. El tribunal considera probados distintos incumplimientos de las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales durante los años en los que el trabajador desarrolló su actividad en Prado del Rey. La falta de acreditación de las medidas de seguridad necesarias permite, según establece la resolución, imputar a la empresa las consecuencias de la enfermedad profesional que terminó provocando su muerte.. La presencia de amianto en Prado del Rey no es una cuestión nueva para RTVE. Durante años la Corporación ha tenido que acometer diferentes actuaciones para retirar este material de sus instalaciones. De hecho, los estudios 10 y 11 que aparecen en esta nueva sentencia estuvieron incluidos en los trabajos de desamiantado desarrollados en el complejo.. El amianto de Prado del Rey también apareció en otro de los casos más conocidos relacionados con las instalaciones de TVE, el del periodista y presentador José María Íñigo. Tras su muerte en 2018 por un mesotelioma pleural, su familia inició un procedimiento judicial para que su enfermedad fuera reconocida como profesional por la exposición al amianto durante los años en los que trabajó en los estudios de la televisión pública. El TSJM acabó rechazando en 2021 esa pretensión al considerar que no había quedado suficientemente acreditada la relación entre la enfermedad y su actividad profesional en RTVE.. El caso ahora resuelto es diferente. Aquí existía previamente un reconocimiento por parte del INSS de que el adenocarcinoma pulmonar sufrido por el trabajador tenía origen profesional y estaba relacionado con su exposición al amianto.. La nueva sentencia vuelve así a colocar bajo el foco las consecuencias de un material utilizado durante décadas en los estudios históricos de Televisión Española y cuyo riesgo para la salud acabaría obligando a RTVE a emprender un prolongado proceso para retirarlo de sus instalaciones.
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