Silvia Intxaurrondo ha ganado la batalla judicial que mantenía desde hace casi un año con RTVE por sus condiciones salariales. La Justicia ha dado la razón a la periodista en el principal punto de la demanda que interpuso contra la Corporación después de que ésta regularizara su situación laboral: deberá percibir el mismo salario que cobraba cuando dirigía y presentaba La Hora de La 1 a través de su empresa, Sukun Comunicación, siempre que continúe desempeñando ambas funciones.
El juez reconoce a la presentadora el salario que percibía a través de Sukun mientras siga presentando y dirigiendo La Hora de La 1, pero rechaza que existiera cesión ilegal y no acepta el transporte de regreso a su domicilio
Silvia Intxaurrondo ha ganado la batalla judicial que mantenía desde hace casi un año con RTVE por sus condiciones salariales. La Justicia ha dado la razón a la periodista en el principal punto de la demanda que interpuso contra la Corporación después de que ésta regularizara su situación laboral: deberá percibir el mismo salario que cobraba cuando dirigía y presentaba La Hora de La 1 a través de su empresa, Sukun Comunicación, siempre que continúe desempeñando ambas funciones.. Así consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso en exclusiva EL MUNDO. El fallo establece que la presentadora debe mantener una retribución anual equivalente a la que venía percibiendo antes de su regularización, que según los datos publicados en el Portal de Transparencia de la Corporación se situaba en torno a los 254.000 euros anuales.. Eso sí, la sentencia cambia la estructura a través de la cual recibirá esa cantidad. Al haberse convertido Intxaurrondo en trabajadora de RTVE indefinida no fija, su remuneración queda sometida al convenio colectivo de la Corporación. De esta forma, percibirá el salario base que le corresponde según las tablas salariales de RTVE y la diferencia hasta alcanzar la remuneración reconocida judicialmente se completará mediante los correspondientes complementos. Un complemento de tal cantidad que no existe en RTVE.. El reconocimiento de esa cantidad, además, queda vinculado expresamente a las funciones que desempeña actualmente Intxaurrondo. Es decir, la periodista tendrá derecho a percibir esa retribución mientras continúe ejerciendo como presentadora y directora de La Hora de La 1. El fallo no convierte, por tanto, esos más de 250.000 euros en un salario consolidado al margen del puesto y de las responsabilidades que ahora desempeña.. La sentencia pone así fin, al menos en primera instancia, al principal frente abierto entre la periodista y RTVE después de que la Corporación modificara sus condiciones laborales en septiembre de 2025. Como publicó entonces este periódico, la regularización de Intxaurrondo provocó una drástica reducción de sus ingresos respecto a los que había percibido hasta ese momento mediante el contrato mercantil entre RTVE y Sukun Comunicación.. Fue precisamente esa rebaja la que llevó a la periodista a acudir a los tribunales. En la demanda, a cuyo contenido completo tuvo acceso EL MUNDO el pasado mes de diciembre, Intxaurrondo reclamaba una retribución anual de 253.356,96 euros por sus labores al frente de La Hora de La 1, frente a los 140.814 euros anuales que pasaba a percibir con las nuevas condiciones impuestas por la Corporación.. Hasta entonces, su relación con RTVE se articulaba mediante Sukun Comunicación, la sociedad con la que la Corporación había contratado sus servicios. El acuerdo contemplaba diferentes cantidades por la dirección y la presentación del espacio y permitía que su remuneración anual superase los 250.000 euros. Entre abril de 2024 y marzo de 2025, por ejemplo, las facturas emitidas a RTVE por Sukun ascendieron a 246.056,99 euros, excluidos IVA, gastos y dietas.. La situación cambió después de la actuación de la Inspección de Trabajo, que obligó a regularizar la relación de la presentadora con la Corporación. RTVE terminó incorporándola como personal no fijo y sometiéndola al convenio colectivo. El 10 de septiembre de 2025, la Corporación le comunicó un salario base de 2.201,84 euros mensuales y un denominado «plus de programas» de 10.000 euros al mes -5.000 por la dirección y otros 5.000 por la presentación-. Intxaurrondo aceptó esas cantidades «a cuenta» y se reservó expresamente su derecho a reclamar las diferencias salariales.. Y eso fue exactamente lo que hizo.. La periodista defendió ante el juzgado que la regularización de su relación laboral no podía implicar una reducción de la remuneración que venía percibiendo cuando sus funciones seguían siendo esencialmente las mismas. Ahora, el juez avala esa tesis en el aspecto económico y obliga a RTVE a mantener la equivalencia salarial mediante el salario previsto en convenio y los complementos necesarios hasta alcanzar la cantidad reconocida.. Sin embargo, la sentencia no acepta todas las pretensiones planteadas por Intxaurrondo. Uno de los puntos relevantes del fallo es que el juez no considera que se produjera una cesión ilegal de trabajadores en la relación mantenida anteriormente entre la periodista, Sukun y RTVE.. La cesión ilegal es una figura del Derecho laboral que se produce, en términos generales, cuando una empresa pone formalmente a un trabajador a disposición de otra, pero es esta segunda compañía la que realmente organiza, dirige y controla su trabajo, convirtiéndose la primera en una mera intermediaria. Cuando un tribunal aprecia esa situación, el trabajador puede adquirir importantes derechos respecto a la empresa para la que efectivamente prestaba sus servicios.. Intxaurrondo pretendía que se reconociera esa situación respecto a su vinculación anterior con RTVE, pero el juez rechaza esa parte de su demanda. Es decir, la sentencia reconoce su derecho a mantener la remuneración que percibía antes de la regularización, pero no concluye que el modelo contractual anterior constituyera una cesión ilegal.. El fallo también resuelve otra de las reclamaciones de la periodista: el transporte entre su domicilio y Prado del Rey. El contrato de Sukun contemplaba que RTVE facilitara el traslado de ida y vuelta para acudir al programa. Tras la regularización, Intxaurrondo reclamó mantener esa condición.. La Justicia sólo se lo reconoce parcialmente. RTVE deberá garantizarle el transporte de ida a las instalaciones de la Corporación cuando tenga que incorporarse antes de las seis de la mañana, un derecho que ya contempla el convenio colectivo para los trabajadores que comienzan su jornada a esas horas. Sin embargo, el juez rechaza que RTVE tenga que proporcionarle también el transporte de regreso a su domicilio, como solicitaba la presentadora.. Contra la resolución cabe recurso de súplica, por lo que el conflicto judicial todavía podría no estar definitivamente cerrado. Por el momento, RTVE no se ha pronunciado sobre si recurrirá el fallo. La Corporación deberá ahora estudiar la sentencia y analizar si existe algún argumento jurídico que permita plantear dicho recurso, como suele hacerse tras una resolución de estas características, antes de decidir si continúa la batalla judicial o asume el fallo.. La resolución judicial cierra así el primer capítulo de un conflicto que comenzó cuando RTVE tuvo que regularizar la situación contractual de uno de sus principales rostros. Intxaurrondo consigue el objetivo central con el que acudió a los tribunales: conservar una remuneración equivalente a la que percibía antes de convertirse formalmente en trabajadora de la Corporación.. Un sueldo de más de 250.000 euros anuales que, a partir de ahora, ya no procederá de un contrato mercantil con su sociedad, sino de una nómina de RTVE compuesta por el salario base fijado en convenio y los complementos necesarios para alcanzar esa cantidad. Y con una condición fundamental: que siga presentando y dirigiendo La Hora de La 1.
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